Para empezar, en el día de hoy 26 de Junio de 2012, el Presidente Nacional de Ciudadanos de Centro Democrático (CCD), David García, ha presentado una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción contra el ex Alcalde popular de Domingo Pérez (Toledo), D. Blas Rodríguez Gómez de las Heras, por entender constitutivos del delito, tipificado en el Código Penal en su artículo 308.2, correspondiente al Título XIV, relativo a los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, que literalmente establece:
“1. El que obtenga una subvención, desgravación o ayuda de las Administraciones públicas de más de 80.000 euros falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la hubiesen impedido, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa del tanto al séxtuplo de su importe.
2. Las mismas penas se impondrán al que, en el desarrollo de una actividad subvencionada con fondos de las Administraciones públicas cuyo importe supere los 80.000 euros, incumpla las condiciones establecidas alterando sustancialmente los fines para los que la subvención fue concedida.”
La actividad subvencionada de que se trata fue la concesión de una cantidad de 88.896,36 euros, derivada del Convenio de colaboración para la realización de un proyecto de Obras de Accesibilidad entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (IMSERSO), la Fundación ONCE para la Cooperación e integración social de personas con discapacidad, y el Excmo. Ayuntamiento de Domingo Pérez (Toledo), firmado por el Sr. Director General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), Don Ángel Rodríguez Castedo, el Sr. Director General de la Fundación ONCE para la Cooperación e Integración Social para personas con discapacidad, Don Luis Crespo Asenjo y el Sr. Alcalde –presidente del Excmo. Ayuntamiento de Domingo Pérez-Toledo y aquí denunciado Don Blas Rodríguez Gómez de las Heras, en fecha 9 de Agosto de 2.006.
Por parte del Ayuntamiento de Domingo Pérez, y en Acta de Sesión Plenaria del Ayuntamiento celebrada el 21 de Octubre de 2.005, en el punto nº 5, (Plan de Accesibilidad de la Fundación ONCE), se aprobó y fue aceptado por el Pleno de la Corporación la firma del referido Convenio citado.
De conformidad con el Convenio citado anteriormente, el Ayuntamiento de Domingo Pérez, debía cumplir con adjudicar los trabajos de ejecución del proyecto de obras de acuerdo con las condiciones y plazos establecidos en el punto 3.9 del Manual del procedimiento de aprobado por la Comisión de seguimiento del Convenio Imserso-Fundación Once de 12 de Julio del 2.004, sin que procediera la ejecución del proyecto a través de la gestión directa del propio Ayuntamiento, por ello el Ayuntamiento debía contratar la ejecución del Proyecto objeto del Convenio a través de los procedimientos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Nada de ello se cumplió. La adjudicación de los trabajos se efectuó aleatoriamente por conveniencia del propio Ayuntamiento y Alcalde, mezclándose dichos fondos con el de los Planes Provinciales aprobados por la Diputación el 16 de Noviembre de 2.006, también incumplidos en su totalidad.
En este sentido cabe resaltar:
1.-La subvención fue concedida para la eliminación de barreras arquitectónicas en determinados edificios municipales, como son el edificio del propio Ayuntamiento, la Casa de Cultura y el Colegio Público.
2.- Al no haberse cumplido por el Ayuntamiento con la ejecución del Proyecto objeto del Convenio a través de los procedimientos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, no hubo ni proyecto ni adjudicación Pública, existiendo en su lugar una directa comunicación del Ayuntamiento al Imserso de fecha 25 de febrero de 2.008, informando y detallando el estado de las obras, decididas unilateralmente, denominadas “de mejora de la accesibilidad en los edificios públicos del Municipio de Domingo Pérez, en donde se excluye el Colegio Público”.
3.- De las obras a que se hace referencia en dicho documento que se van a realizar en la Casa de Cultura ( puntos 1 a 6 ), la realidad es que solo se ejecutan las obras relacionadas en el punto 3, es decir, la instalación de un elevador de patio de butacas a escenario. Y de las que se van a realizar en el Ayuntamiento (puntos 1 a 4), la realidad es que solo se han hecho el punto 1 – aseo accesible (imposible de acceder porque no se hizo el ascensor que es el punto 2), y el punto 3 – accesos desde el exterior. Todas estas obras se pretendieron justificar con unas facturas que se remitieron al Imserso y que ascienden solamente a un importe de 8.900 euros. (De los 88.896,36 euros) concedidos.
4.- Dichas facturas se presentaron igualmente ante la Diputación de Toledo – Área de Cooperación de Infraestructuras-, para también pretender acreditar obras correspondientes a la subvención concedida en base a los Planes Provinciales del año 2.007, por una suma de 46.811 euros para “Pavimentación”, fin éste que el Ayuntamiento cambia por el de “Reformas y Reparaciones en la Casa de Cultura”, acompañando además facturas que se certifican por Arquitecto, Alcalde y Secretaria del Ayuntamiento en Documento de fecha 8 de Octubre de 2.009. Las facturas se envían igualmente al Imserso aunque en nada tiene que ver con el Plan de accesibilidad para el que fue concedido la subvención.
5.- Con fecha 29 de octubre de 2.010, el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, remite Oficio al Ayuntamiento por el que se requiere la devolución del anticipo recibido de 88.896,36 euros, más los intereses legales de demora, al no haber justificado a la fecha el cumplimiento del Convenio de Obras de accesibilidad de 2.006.
6.- Con fecha 25 de Enero de 2.011, el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, remite nuevo Oficio al Ayuntamiento, por el que se ACUERDA, iniciar expediente de reintegro por un importe de 88.896,36 euros, más los intereses legales de demora, concediendo plazo de quince días para el reintegro en la cuenta de la tesorería de la Seguridad Social – Ingresos del Imserso- Servicios centrales.
7.- Con fecha 16 de febrero de 2.011, el denunciado D. Blas Rodríguez Gómez de las Heras, como Alcalde –presidente del Ayuntamiento de Domingo Pérez, remite comunicación al Ministerio de Sanidad Política Social e Igualdad, contestando al oficio recibido, en clara mala fe, pues afirma falsamente haberse llevado a cabo las obras de accesibilidad que eran objeto del citado Convenio, rogando la suspensión y archivo del expediente, y manteniendo y no acompañando acreditación de las mismas.
8.- En fecha 22 de febrero de 2.011, y en contestación a la comunicación del Alcalde D. Blas Rodríguez Gómez de las Heras, la Subdirección general de gestión por medio de Oficio y como referencio al Servicio de Prestaciones Técnicas, informa y requiere:
“1.- Según se exige en la cláusula séptima del Convenio de Colaboración suscrito por nuestras respectivas Instituciones y la Fundación Once el 9 de Agosto de 2.006, el Ayuntamiento debería de haber presentado en tiempo y forma los documentos justificativos de las obras realizadas enumerados en la cláusula indicada. No obstante la justificación que presentó ese Ayuntamiento no se ajustaba en absoluto a dichas exigencias.
2.- El plazo de justificación finalizaba el 31 de Octubre e 2.007 y al no haberlo efectuado en el tiempo establecido, el Imserso no pudo presentar la oportuna certificación de gastos ante FEDER y así poder resarcirse del anticipo que por cuenta de FEDER realizó en su momento y que ascendía a 75.887,14 euros, con el consiguiente perjuicio económico para este Instituto.
Por todo lo expuesto, nos reiteramos en el contenido del acuerdo suscrito por la Directora general de este Instituto, en fecha 4 de Febrero de 2.011, dando un nuevo plazo de 15 días para que presenten la justificación en la forma exigida o, en caso contrario para que realicen la devolución de la cantidad en el acuerdo señalado. En el supuesto de que no sea sí la Dirección general del Imserso emitirá la resolución oportuna para la ejecución del acuerdo de referencia”. (Sic).
9.- Habida cuenta de la falta de justificación y reintegro por parte del Ayuntamiento, con oficio de fecha 5 de Mayo de 2.011, la Dirección general del Ministerio de Sanidad Política Social e Igualdad, resolvió:
“1.- Confirmar el procedimiento de reintegro notificado el 9 de Febrero de 2.011, por el importe de la cantidad adeudada que asciende a la cantidad de 88.896,36 euros de principal, más 22.689,88 euros de intereses legales de demora estimados. Dichas cantidades podrán hacerse efectivas en el plazo de 20 días hábiles a contar a partir del siguiente a la recepción de la presente resolución en la cuenta especial de ingresos de la Tesorería general de la Seguridad Social..., 2.- Si transcurrido dicho plazo no se hubiera producido el ingreso, se dará traslado del expediente a la Delegación correspondiente del Ministerio de Economía y Hacienda a fin de que se inicie el procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva” (sic).
10.- Con fecha 12 de Diciembre de 2.011 (con fecha de entrada en el Ayuntamiento el 15 de Diciembre de 2.011), el Ministerio de Economía y Hacienda por medio de su delegación en Toledo requiere al Ayuntamiento el pago en vía ejecutiva de la cantidad de 88.896,36 euros de principal, más la cantidad de 25.247,17 en concepto de intereses de demora, adjuntando el impreso de ingreso.
11.- Con fecha 16 de Enero 2.012, el denunciado y actual Alcalde Don Teodoro Díaz Martín, procedió a solicitar a la Delegación de Economía y Hacienda de Toledo- Secretaria General-Tesoro, aplazamiento para el pago del principal a devolver (a que ascendió la subvención), es decir, 88.896,36€, + los intereses de demora de 25.247,17€.
12.- Con fecha 13 de febrero de 2.012, por la Secretaria general de la Delegación de Economía y Hacienda en Toledo, se dictó Resolución concediendo el aplazamiento de pago en 42 plazos mensuales desde el 5/3/2.012 al 5/8/2.015.
En definitiva, y tal y como se acredita en la denuncia y en la documentación acompañada, el denunciado Don Blas Rodríguez Gómez de las Heras, como Alcalde del Municipio de Domingo Pérez, a la fecha de solicitud y concesión de la subvención de que se trata, es responsable del incumplimiento de las condiciones establecidas para tal concesión, alterando sustancialmente los fines para los que la subvención fue concedida. El dinero que le fue entregado al Ayuntamiento nunca fue justificado, no se invirtió en realizar las obras para las que se entregaron, sin que se sepa donde fue a parar exactamente tal dinero.
CCD también presentará en el próximo Pleno Ordinario del municipio una moción para solicitar al Ayuntamiento que denuncie por el asunto aquí expuesto al ex Alcalde de Domingo Pérez.
El Presidente Nacional de CCD, David García, ha comentado al respecto que ‘’No podemos mirar hacia otro lado y hacer como si nada hubiese ocurrido, pues hay que dar ejemplo, defender la honestidad y al conjunto de ciudadanos y denunciar todas las irregularidades que conozcamos’’.
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